¿REVOCATORIA?

Desde la posesión del actual Alcalde JULIAN SANCHEZ (PERICO) el 1 de enero de 2024, las redes todos los días se llenan de comentarios por el reiterado incumplimiento en sus promesas de campaña iniciando con el incumplimiento a la disminución del impuesto predial del cual solo presento un  proyecto de acuerdo para la condonación de intereses proyecto que es “ casi un protocolo de todos los alcaldes cuando se posesionan según palabras del Concejal DANNY CAICEDO además el alcalde indico que primero había que ( “ revisar todo el esquema catastral de la ciudad que nos permita realmente tomar decisiones porcentuales en la reducción de la tarifa del impuesto predial “).  Es decir, el tema de campaña por el que más se atacó el gobierno anterior se quedó en eso en un tema de campaña.

El inconformismo por la falta de alumbrado público, en el mes de junio la congresista ALEXANDRA VASQUEZ denuncio en su cuenta de X otro incumplimiento de campaña del Alcalde PERICO al no devolverle en 100 días la iluminación a gran parte del municipio pero que el cobro en el recibo de la luz seguía llegando, igualmente la congresista en su momento alerto sobre las irregularidades en la gestión del alumbrado público de Soacha ya que según la congresista, la alcaldía contrato al Fondo de desarrollo de proyectos de Cundinamarca ( Fondecun ) por un valor de $2.398.000.000 para gerenciar, mantener y restablecer el sistema de iluminación. Contrato que era por tres meses pero que se extendió hasta mediando de agosto de 2024. Contrato que incluyo una gerencia de $130.000.000, un gasto que se pudo haber ahorrado el Municipio si la misma alcaldía hubiera realizado el proceso.  Y según lo Indico la congresista, era necesario contratar una empresa que no tenía experiencia para este tipo de contratos. 

Lo mejor de todo es que esta empresa como era obvio al no tener experiencia subcontrato a Enel Colombia S.A.S.  por un valor de $778.979.746 para realizar el diagnóstico y restablecimiento de la iluminación en sectores específicos: Mercurio, león Xiii y la despensa sin que se lograra el objetivo del 100% del contrato.

En el tema del deporte las quejas cada día aumentan, hasta después de semana santa contrataron profesores en el instituto de deporte que trabajaron hasta julio quedando a la deriva programas como ADULTO MAYOR, ESCUELAS DE FUTBOL, en sitio como TIBANICA tal y como lo denunciaron en estos días por redes sociales, CENTRO CIVICO sin profesores, COLISEO GENERAL SANTANDER sin profesores,  PARQUE CONCORDIA DE CIUDAD LATINA, HOGARES SOACHA, PARQUE EL SOL,  TORRS DEL PARQUE,  NEMESIS, MARISCAL Y PORVENIR, CIUDAD VERDE, BARRIO COGUA, EL TREBOL, PARQUE MALIBU, LA VEREDITA,  entre otros al igual q varios comentarios que indican que es en todo el municipio que no hay profesores contratados y según las denuncias que abundan en redes al averiguar con el IMRDS les dicen que están en contrataciones y que los papeles los botaron y no han podido contratar.

La adhesión de Soacha a la Región Metropolitana la cual fue demandada por no cumplir con los requisitos de participación durante el trámite de acuerdo y el cabido municipal, demanda de Nulidad que fue presentada por la Congresista ALEXANDRA VASQUEZ pidiendo como medida cautelar que se suspenda temporalmente el acuerdo porque violaba normas afectando el interés púbico, incluyendo queja disciplinaria contra los concejales por haber aprobado el cabildo en sesiones extraordinarias. Hechos que vulneraron la participación ciudadana en dicho cabildo,

Un Plan de desarrollo el cual fue denunciado en el cabildo que tenía un plagio del 20% y que no cumple con las expectativas de tantas promesas de campaña como el tema de seguridad  al cual solo se le destinaron 80 mil millones de casi 3.2 billones que se van a ejecutar en 4 años irrisoria cifra para temas como inspecciones de policía, comisarías de familia, acción comunal, espacio público, control urbano, el funcionamiento, ayuda a cuerpos de emergencia y seguridad lo que indica que para este gobierno el tema de seguridad no es su prioridad y lo confirman las diferentes denuncias de inseguridad incrementadas este año.

La denuncia por el Concejal DANNY CAICEDO radicada en la Procuraduría por el Contrato 1445 del año 2024 de un edificio para que funcione una parte de la policía con un arriendo por 85 millones de pesos, edificio donde antes se localizaban algunos Juzgados Penales de la rama judicial y que pagaban 19 millones mensuales es decir se  aumentó el canon de arrendamiento en más del 350%  sitio que en campaña tenía una valla del candidato PERICO “será que se están pagando favores políticos “Denuncia el Concejal Danny Caicedo.

¿Por esto y muchos otros temas incumplidos por parte de este gobierno ya se escuchan voces de REVOCATORIA pero que tan fácil es REVOCAR un Alcalde?

Empecemos por definir

¿Qué es la revocatoria de mandato?, ¿cuándo se convocan a los ciudadanos a las urnas?, ¿cómo se solicita la revocatoria de mandato?, éstas y otras preguntas se resuelven a continuación.

1. ¿Qué es la revocatoria de mandato?

Ley 134 de 1994, con el que cuentan los colombianos para ejercer el control y garantizar la eficacia en los actos del Estado. La revocatoria del mandato es un derecho político, por medio del cual los ciudadanos pueden dar por terminado el mandato que le han conferido a un gobernador o a un alcalde.

2. ¿La revocatoria de mandato aplica para todos los ciudadanos elegidos por votación popular?
En Colombia, la revocatoria de mandato sólo aplica para los alcaldes y gobernadores, no para otros funcionarios de elección popular como los congresistas, diputados, concejales, o el Presidente de la República.

3. ¿Por qué los ciudadanos pueden pedir la revocatoria de mandato?
El mecanismo de revocatoria de mandato está diseñado para defender el voto programático. En consecuencia, los habitantes de un determinado municipio o de un departamento de Colombia pueden pedir que sus alcaldes o gobernadores sean retirados de sus cargos cuando exista insatisfacción general de la ciudadanía frente a la labor del mandatario o mandataria, o se presente incumplimiento del Programa de Gobierno.

4. ¿En qué momento los colombianos pueden solicitar la revocatoria de mandato de un gobernante?
La solicitud de revocatoria de mandato procederá siempre y cuando haya transcurrido un periodo de tiempo no menor a un año, contado a partir del momento de la posesión del respectivo mandatario.

5. ¿Ante cuál autoridad se debe solicitar la revocatoria de mandato?
Los ciudadanos interesados en solicitar que su alcalde o gobernador sea retirado de su cargo deben acudir a la sede respectiva de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

6. ¿Cuándo se convocan los ciudadanos a las urnas?
La Registraduría elabora el calendario electoral y se procede a convocar la jornada de votación en un plazo de 2 meses.

7. ¿Cómo se solicita una revocatoria de mandato?
Para solicitar la revocatoria del mandato de un gobernante, un número de ciudadanos, no inferior al 40% del total de los votos válidos emitidos en la elección del respectivo mandatario, debe solicitar con su firma ante la Registraduría del Estado Civil correspondiente, la convocatoria a la votación para la revocatoria del mandato de un gobernador o un alcalde.

8. ¿Con cuánto tiempo cuenta la Registraduría para la revisión de las firmas?
Para la revisión de apoyos, la Registraduría contará con un término de un mes, contados a partir de la fecha de presentación del memorial con todos los requisitos cumplidos a la Registraduría Municipal, Especial o Distrital, tiempo que se podrá prorrogar por otro tanto de acuerdo con el mayor número de firmas que exija el censo electoral del lugar. Las firmas son remitidas a Bogotá para su revisión.

9. ¿En qué momento la Registraduría determina válidas las firmas, qué debe hacer la ciudadanía?
Después de la revisión por parte de la Registraduría se determina si los apoyos superan el 40%, de los votos válidos depositados en la elección del mandatario y de ser así se expide la certificación que aprueba la convocatoria. El Registrador Municipal o el Delegado Departamental, según el caso, informara el hecho al alcalde o gobernador a quien se pretende revocar.

10. ¿Quiénes pueden ejercer su derecho al voto en una revocatoria de mandato?
Los ciudadanos colombianos mayores de 18 años, que sean habitantes del municipio en el que se realizará la revocatoria de mandato que estén debidamente inscritos en el censo electoral de dicho municipio. Esto incluye a todos los jóvenes que tramitaron su cédula de ciudadanía por primera vez cuatro meses antes de la fecha de la elección.

11. ¿Se debe obtener una votación específica para lograr la revocatoria del mandato?
En la jornada electoral convocada el número de sufragios debe superar el 55% de los votos válidos de la elección.

12. ¿Si se alcanza la votación exigida, el mandatario es retirado de manera inmediata?
De lograrse la votación y previo informe del resultado de los escrutinios por la Registraduría correspondiente, el Registrador Nacional del Estado Civil la debe comunicar al Presidente de la República o al gobernador respectivo para que procedan, según el caso, a la remoción del cargo del respectivo gobernador o alcalde revocado. Luego, dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que el Registrador correspondiente certifica los resultados de la votación se convocará a elecciones para escoger al sucesor y no podrá inscribirse como candidato el gobernante al que le fue revocado el mandato.

13. ¿De ser revocado el mandato, quién debe ejercer el cargo?
Durante el período que transcurra entre la fecha de la revocatoria y la posesión del nuevo mandatario, será designado en calidad de encargado por el Presidente de la República o el Gobernador, según el caso, un ciudadano del mismo grupo, partido o movimiento político del mandatario revocado.

Así las cosas, este mecanismo de participación ciudadana como lo es LA REVOCATORIA DEL MANDATO para el caso de Soacha para poder REVOCAR al Alcalde hay que esperar que cumpla por lo menos un año y debe ser con el 40% de los votos válidos de la elección es decir de los 168.779 votos válidos para la votación de Alcaldes el 40% para la REVOCATORIA corresponde a 67.511.6 votos.

A la fecha ningún alcalde ha sido revocado en Colombia ya que no se ha alcanzado el umbral necesario, así las cosas, esperemos que en lo que resta del año el ALCALDE JULIAN SANCHEZ PERICO retome el rumbo que el Municipio necesita y empiece a cumplir con el mandato de los votantes para que Soacha no siga retrocediendo y se encause en la Soacha que todos queremos con mas oportunidades para todos.

Fuente: https://www.infobae.com/colombia/2024/06/12/denuncian-al-alcalde-de-soacha-por-irregularidades-en-la-gestion-del-alumbrado-publico-esto-es-lo-que-se-sabe/

https://www.registraduria.gov.co/Registraduria-presenta-20-preguntas-frecuentes-sobre-la-revocatoria-de-mandato.html

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